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martes, 11 de septiembre de 2012

El Ministerio de Fomento revela las condiciones generales de contratación en el transporte

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden ministerial por las que se autorizan los requisitos generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera. El manifiesto reproduce la mayoría de las reglas de la Ley de Contrato, desarrollando las cuestiones que lo necesitaban. Las condiciones generales de contratación entrarán en vigor el 25 de septiembre de 2012.

El cambio se ha realizado por la adecuación a la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías que atañe a su contenido.
Los requisitos de contratación van a ser aplicables de forma subsidiaria a lo que pacten libremente las partes en los correspondientes contratos, intentando aclarar las relaciones mercantiles entre cargadores y transportistas. Sin embargo, ciertas cláusulas de estas condiciones tendrán carácter imperativo.
De forma general, estas normas se aplicarán en la contratación de cualquier tipo de servicios de transporte de mercancías por carretera, sean cuales sean sus características específicas o las de la mercancía transportada, a no ser que se establezca otra cosa en unas condiciones concretamente fijadas para la modalidad del transporte de que se trate.
Cuando sean contratos de adhesión, los requisitos sólo podrán cambiarse cuando las que se fijen sean más beneficiosas para el adherente. No serán legales los pactos de las partes que sean contrarios a las leyes, en cuyo caso, el contrato se regirá de forma total o parcial por las normas previstas en esta orden.